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<b>CIDH llama a los Estados Miembros a garantizar el respeto a los
derechos humanos de los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y
contacto inicial</b><br>
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9 de agosto de 2013<br>
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Washington, D.C. - Con motivo del Día Internacional de los Pueblos
Indígenas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) urge a
los Estados Miembros a garantizar el pleno respeto a los derechos
humanos de los pueblos indígenas en situación de aislamiento voluntario
y contacto inicial en las Américas porque se encuentran en una
situación de alta vulnerabilidad. La falta de protección de sus
derechos humanos implica un riesgo grave a su vida e integridad física,
cultural y espiritual.<br>
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Los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial en
las Américas habitan regiones de la selva amazónica y del Gran Chaco en
Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador, Paraguay, Perú y Venezuela. Sus
territorios son a menudo zonas donde se realizan actividades
extractivas legales e ilegales de recursos naturales, principalmente
maderas, hidrocarburos y minerales, así como actividades de agricultura
y ganadería comercial en algunos países. Estas actividades en general
constituyen una amenaza a la vida e integridad de estos pueblos, ya que
pueden propiciar el contacto, con todas las consecuencias que éste
implica para su salud y pervivencia física y cultural. Dado que no
cuentan con defensas inmunológicas contra enfermedades comunes, el
contacto puede ocasionar no sólo la pérdida de su cosmovisión e
identidad cultural sino también epidemias que pueden causar la
desaparición de pueblos enteros.<br>
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Los pueblos en aislamiento voluntario ejercen su derecho a la libre
autodeterminación manteniéndose alejados de las sociedades
mayoritarias. El respeto a este derecho y al principio de no contacto
es esencial para asegurar la vigencia de sus derechos fundamentales,
incluidos el derecho a la vida e integridad, a sus tierras y
territorios ancestrales, a la cultura y a la salud, entre otros. Como
lo señaló la CIDH en su Informe sobre Derechos de los pueblos indígenas
y tribales sobre sus tierras ancestrales y recursos naturales, los
Estados deben aplicar especial cuidado al adoptar medidas para
garantizar territorios de suficiente extensión y calidad a pueblos en
aislamiento voluntario, y tienen el deber de adoptar medidas
preventivas de salud pública culturalmente apropiadas para preservar la
vida e integridad de los pueblos indígenas, en particular aquéllos en
situación de aislamiento voluntario o contacto inicial.<br>
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Algunos Estados de la región han adoptado legislación y políticas
específicas para proteger los derechos de los pueblos en aislamiento y
contacto inicial, y algunos han creado zonas territoriales reservadas o
intangibles para su protección. A pesar de estos esfuerzos, la
situación de los pueblos en aislamiento y contacto inicial en la
práctica es preocupante, ya que la legislación existente no se cumple
efectivamente y en algunos casos es insuficiente, como se ha
evidenciado en los incidentes de contacto y muertes reportados en años
recientes. La CIDH realiza actividades de monitoreo y seguimiento de la
situación mediante sus distintos mecanismos de protección y promoción
de derechos humanos, entre ellos las medidas cautelares, solicitudes de
información a Estados, y la celebración de audiencias temáticas. La
CIDH reconoce los esfuerzos realizados por los Estados que han adoptado
medidas específicas y los insta a hacer cumplir efectivamente las
protecciones existentes. Asimismo, la CIDH hace un llamado a los
Estados que aun no cuentan con medidas específicas a adoptar y cumplir,
en consulta con los pueblos indígenas en contacto inicial, con las
medidas necesarias para asegurar la vigencia de los derechos humanos de
los pueblos indígenas en aislamiento voluntario y contacto inicial.<br>
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La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los
Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de
la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión
Interamericana tiene el mandato de promover la observancia de los
derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA
en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes
que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y
no representan sus países de origen o residencia.<br>
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